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Ayuda en el Camino

Cubrirá los siguientes riesgos:

I. Servicios de Asistencia: Sin límite de eventos

  1. Asesoría Legal Vía Telefónica.
  2. Asistencia Legal en Audiencia de Tránsito.
  3. Asistencia Legal en Caso de Robo del Vehículo Afiliado.

INVARIABLE

 

II. Asistencia al Vehículo Asegurado y a las Personas:

 

  1. Remolque o Transporte del “Vehículo Asegurado”. El límite máximo de esta prestación será de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS colones ($300) por evento cubriendo dos servicios por evento sin límite de eventos durante la vigencia de la póliza.

• Las grúas por COLISION se cubren al 100%.

 

  1. Auxilio Vial Básico:

- Cambio de llanta

- Paso de Corriente

- Envío de Gasolina (2 galones gratis)

Límite máximo será de CIENTO VEINTISEIS MIL COLONES ($250) por evento sin límite de eventos durante la vigencia de la póliza.

 

  1. Referencias Mecánicas. No tiene límite de eventos.
  2. Referencias Médicas. No tiene límite de eventos.
  3. 5. Coordinación y Envío de Conductor Profesional Designado. Esta limitado a dos eventos por año, sin límite económico por evento. (SOLO SAN JOSE)
  4. Envío y Pago de Cerrajero por Pérdida o Extravío de las Llaves del Automóvil. Límite máximo de ochenta y cuatro mil colones por evento sin límite de eventos. DUPLICADO DE LLAVE.

 

III. Asistencia en Viajes Kilómetro “25”:

 

  1. Alojamiento y Desplazamiento de los Ocupantes por Inmovilización del Vehículo Asegurado.

a) Hotel. Límite de ciento sesenta y ocho mil colones por todos los ocupantes del vehículo por evento, con un periodo de máximo dos noches.

b) Transporte al Lugar de Residencia o Destino. Límite hasta ciento sesenta y ocho mil colones por automóvil y evento sin límite de eventos.

c) Renta de Vehículo Sustituto. Límite hasta ciento sesenta y ocho mil colones por automóvil y evento sin límite de eventos.

Son excluyentes uno del otro.

  1. Transporte para la Recuperación del Vehículo Asegurado. Límite de hasta CIENTO VEINTISEIS MIL colones por automóvil y evento, sin límite de eventos.
  2. Depósito o Custodia del Vehículo Asegurado. Máximo de 84.000 colones por evento, Sin límite de eventos.
  3. Transmisión de Mensajes. No tiene límites por evento.

 

VI. Asistencia en el extranjero:

  1. Asistencia en Caso de Robo o Pérdida de Pasaporte. Sin límite de eventos.
  2. Localización y Envío de Equipaje. Sin límite de eventos.
  3. Transmisión de Mensajes Urgentes.

Sin límite de eventos.

 

Nuevos Servicios

1- Extracción / Rescate y maniobra coordinara para vehículos hasta 3.5T la maniobra o extracción en caso de accidente.

En caso de que el automóvil del Asegurado se le atore una de sus llantas, en cunetas, alcantarillas o similares, se enviará un proveedor para realizar la extracción y colocar el vehículo nuevamente en la vía pública y/o privada, siempre y cuando no amerite un equipo especializado.

Este servicio tiene cobertura en Guatemala, El Salvador, Honduras (excepto el departamento de Gracias a Dios), Nicaragua (excepto la Costa Atlántica), Costa Rica y Panamá.

Este servicio estará limitado a dos eventos al año con un equivalente de hasta US$ 100.00 dólares por evento

En caso de que el vehículo asegurado se salga de la calle o vía pública o privada y se requiera equipo especial para que el vehículo sea posicionado en la vía, se coordinará un servicio de rescate vial. Este servicio se brindará con grúas tipo gancho. Una vez efectuado el rescate, el vehículo podrá ser remolcado por solicitud del asegurado a través del llamado a la línea de asistencia.

Esta asistencia cubrirá un máximo de 2 eventos por año con un monto de $300.

2- Traslado en taxi por siniestro: Si en caso de siniestro el vehículo quedara inmovilizado, EL PRESTADOR coordinará el traslado en taxi hasta el domicilio habitual del cliente. Este servicio se prestará exclusivamente dentro del Área metropolitana comprendida por San José y el Gran San José. El servicio estará supeditado a que el asegurado designe a una persona en el lugar de destino a fin de recibir el vehículo.

3- Reparación menor in situ: En caso de que el vehículo asegurado pierda la circulación autónoma por avería menor, se coordinará el envío de un mecánico al lugar del percance para diagnosticar y reparar, si aplica la avería que presenta el vehículo. El servicio tendrá un límite de $200 por evento y sin límite de eventos por año.

4- Servicio de Ambulancia: En caso de accidente en el vehículo asegurado por EL CONTRATANTE, se coordinará el traslado en ambulancia si fuera necesario para los ocupantes del vehículo y por conexión a tarifa preferencial para terceros.

Este servicio tiene un límite de ₡126.000 por evento y sin límite de eventos.

 

5- Servicios por conexión: cuando el asegurado ha agotado el límite de eventos a los que tiene derecho, podrá solicitar al call center la conexión con profesionales de acuerdo a su necesidad, asumiendo el asegurado el costo del servicio prestado. Este servicio no tiene límite de eventos.

 

EXCLUSIONES

 

  1. Los servicios que el Asegurado haya contratado sin previo consentimiento de MAPFRE│COSTARICA.; salvo en caso de comprobada fuerza mayor que le impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de prestar dichos servicios.

 

  1. Los causados con dolo por parte del Asegurado o Conductor Autorizado.

 

  1. Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, derrumbes, caídas de cuerpos siderales y aerolitos.

 

  1. Hechos derivados de terrorismo, motín o tumulto popular.

 

  1. Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de hechos de las fuerzas o cuerpos de seguridad.

 

  1. Los derivados de la energía nuclear radioactiva.

 

  1. Los producidos cuando el conductor del Vehículo Asegurado se encuentre en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: Bajo influencia de drogas, tóxica o estupefaciente, o en estado de ebriedad.

 

  1. Los que se produzcan cuando el Asegurado o el conductor hubiesen infringido las disposiciones reglamentarias en cuanto a requisitos y números de personas transportadas o forma de acondicionar los siempre que la infracción haya sido causa determinante del Accidente o evento causante del siniestro.
  2. Los causados por carburantes, esencias minerales y otras materias, inflamables, explosivas o tóxicas transportadas en el Vehículo Asegurado.

 

  1. Los que se produzcan con ocasión de la participación del Vehículo Asegurado en carreras, prácticas deportivas y pruebas preparatorias o entrenamientos.

 

  1. Cuando el Asegurado oculte información a la(s) personas que MAPFRE│COSTARICA. Haya designado para la prestación de los “SERVICIOS DE ASISTENCIA”.

 

  1. Cuando el Asegurado haya llegado a un arreglo con las partes involucradas en algún siniestro sin el consentimiento de MAPFRE│COSTARICA. O de los Abogados designados por MAPFRE│COSTARICA. Para la atención del siniestro en que se vea involucrado el Asegurado.

 

  1. Cuando el Asegurado carezca de licencia para conducir expedida legal y formalmente por la autoridad competente, o dicha licencia se encuentre vencida con más de setenta días.

 

  1. Cuando el Asegurado se niegue a colaborar con los Abogados y en general con el personal designado por MAPFRE│COSTARICA. Para la prestación de los “Servicios de Asistencia”.

 

  1. Cuando el Asegurado no siga las indicaciones dadas por los Abogados designados por MAPFRE│COSTARICA. para su defensa.

 

  1. Cuando el Asegurado no atienda citatorios o cualquier tipo de indicación de la autoridad competente.

 

  1. Cuando el Asegurado contrate por su cuenta los servicios de Abogados o cualquier persona para que intervenga o realice gestión alguna ante las autoridades que conozcan del caso que este siendo atendido por los Abogados designados por MAPFRE│COSTARICA.

 

 

SER GRANDE ES UNA ACTITUD

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